Banca para solicitantes de asilo
Las personas en procedimiento de asilo no suelen tener aún una cuenta. Entonces recibirá prestaciones en metálico de conformidad con la Ley de Prestaciones de los Solicitantes de Asilo. Puede recoger el dinero en la oficina de asistencia social correspondiente (departamento de servicios sociales) con una tarjeta de caja.
Sin una cuenta, se plantean diversos problemas en la vida cotidiana, por ejemplo, apenas es posible pagar los almuerzos escolares de algunos proveedores.
Las dificultades para abrir una cuenta se derivan de la exigencia de los bancos de que todo solicitante disponga de documentos de identidad válidos, de conformidad con la Ley de Blanqueo de Capitales. Según la Ley de Cuentas de Pago, todo el mundo tiene derecho a una cuenta básica, es decir, una cuenta corriente con las funciones de pago más básicas.
Con la Ordenanza de Verificación de Identidad de Cuentas de Pago, el Ministerio Federal del Interior ha estipulado que, desde el 7 de julio de 2016, la prueba oficial de llegada es suficiente para los solicitantes de asilo y la notificación de tolerancia es suficiente para las personas toleradas para permitir una verificación de identidad en el sentido de la Ley de Blanqueo de Dinero.